¿Existe la “segunda vuelta” para exámenes extraordinarios?

El artículo 11 del Reglamento General de Exámenes señala que: "Habrá dos periodos de exámenes ordinarios: uno al término de los cursos correspondientes y otro antes del siguiente periodo lectivo. …”, en consecuencia, los dos periodos o "vueltas" de examen, son para los exámenes ordinarios, no para los extraordinarios.